Pliego de Condiciones - 3/8

 

En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos

Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 24 del TRLCAP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes.

La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la entidad contratante. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.

La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.

5.- PROPUESTAS DE LICITACION Y ADJUDICACION

5.1.- Las propuestas se presentarán, siempre, en lengua española y en tres sobres cerrados, A, B y C, en cada uno de los cuales figurará el nombre del proponente y el título del proyecto objeto del contrato que figura en el Cuadro-Resumen.

- Sobre A: documentación administrativa y de solvencia económica y técnica.

Se presentará cerrado y contendrá la documentación señalada a continuación, que deberá ser original o, en su caso, fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos deberán figurar en un Índice y serán los siguientes:

1) Documentación administrativa:

a) Declaración responsable en la que conste que está facultado para contratar con el Ayuntamiento de Canfranc (Huesca), por reunir los requisitos exigidos en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, sin que concurra ninguna de las prohibiciones señaladas en el art. 20 del mismo.

b) Personalidad de la sociedad o empresario.

Si la empresa fuere persona jurídica presentará la escritura de constitución o modificación posterior última vigente, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se efectuará del modo dispuesto en el art. 15.2 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Se acompañará fotocopia compulsada del DNI del firmante de la propuesta económica.

Cuando se trate de entidades empresariales físicas o jurídicas no españolas de estados nacionales miembros de la denominada Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios o sociedades extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el estado nacional correspondiente.