Pliego de Condiciones - 4/8

 


Para las empresas individuales, será obligatoria la presentación del DNI o el que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente.

c) Representación.

Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, se presentará documento fehaciente que acredite que el firmante de la propuesta económica tiene apoderamiento bastante, para comparecer ante el Ayuntamiento de Canfranc (Huesca) y contratar con esta administración en nombre y representación de la persona o entidad de que se trate.

Si el licitador así representado fuere persona jurídica, el documento de apoderamiento, deberá hallarse inscrito en el Registro Mercantil y debidamente bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento.

d) Agrupación de empresarios o sociedades

Para este caso se estará a lo dispuesto en el art. 24 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas.

e) Para las personas o sociedades extranjeras la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

2) Solvencia económica, financiera y técnica.

a) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incursa en prohibición de contratar, conforme a los artículos 20, 21 y 22 del citado TRLCAP.

b) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes, y, en concreto. Todo ello con arreglo a lo dispuesto en los artículos 7, 8 y 9 del TRLCAP de 16 de junio de 2000.

La justificación acreditativa de tal requisito se exigirá al que vaya a resultar adjudicatario del contrato, a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de cinco días hábiles, desde la notificación de que ha sido objeto adjudicatario.

c) Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y en concreto por el art. 8 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.

La justificación acreditativa de tal requisito se exigirá al que vaya a resultar adjudicatario del contrato, a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de cinco días hábiles, desde la notificación de que ha sido adjudicatario.

d) Justificación de su solvencia económica mediante informe de instituciones financieras.

e) Relación de equipos humano y técnico, así como medios auxiliares para el desarrollo de los trabajos objeto del presente contrato.